¿Se pueden hacer prácticas y trabajar a la vez?

Estudiante adulta y tutora revisando un cuaderno en un espacio de trabajo profesional.

En España se pueden compatibilizar prácticas y trabajo en muchos casos, siempre que se cumplan las condiciones del programa formativo y del contrato laboral. Hay que comprobar qué tipo de prácticas se realizan, si coinciden los horarios y si existe alguna restricción relacionada con la empresa de destino. Cobrar una ayuda por las prácticas no las convierte automáticamente en un contrato de trabajo.

Para organizar esa compatibilidad debemos revisar el proyecto formativo y las reglas del centro, además de la situación en Seguridad Social. La posibilidad académica de hacer prácticas y la obligación de cotizar por ellas son cuestiones distintas. Tener otro empleo puede afectar a la cotización sin impedir necesariamente la formación.

Distinguir prácticas académicas y contrato formativo

Las prácticas universitarias externas tienen una finalidad formativa, se desarrollan con supervisión y no deben sustituir puestos de trabajo. Pueden ser curriculares, vinculadas al plan de estudios, o extracurriculares. Su organización debe ajustarse al convenio de cooperación y al proyecto que define objetivos y actividades.

Un contrato formativo es una relación laboral y sigue sus propias reglas. No debe tratarse como una beca por el hecho de que permita aprender. Si alguien ofrece un puesto llamado prácticas, interesa pedir el documento que lo regula antes de analizar si puede combinarse con otro empleo.

En Formación Profesional, la formación en empresa también tiene un marco específico y puede integrarse en modalidades diferentes. Las condiciones de unas prácticas universitarias no se trasladan automáticamente a un ciclo de FP. El tutor o la coordinación del programa pueden aclarar qué régimen corresponde y quién debe autorizar cambios.

Trabajar en otra empresa suele exigir organizar horarios

La compatibilidad depende de que sea posible cumplir tanto el empleo como las obligaciones formativas. Un trabajo por las tardes y prácticas por las mañanas pueden encajar sobre el papel, pero hay que incluir desplazamientos, clases y tiempo de preparación. Una agenda que elimina todo margen puede fracasar cuando aparecen cambios de turno o actividades obligatorias.

Conviene pedir antes de empezar el calendario, las horas previstas y los criterios de asistencia. También interesa preguntar cómo se gestionan exámenes, tutorías y modificaciones de horario. Las respuestas deben permitir preparar un plan real, no quedarse en una promesa genérica de flexibilidad.

Si el contrato laboral exige disponibilidad variable, puede ser necesario pactar una organización concreta. El centro formativo no puede garantizar por sí solo que la empresa empleadora modificará los turnos. Tampoco conviene asumir que tener prácticas concede un permiso laboral general para ausentarse cuando se necesite.

Hacer prácticas en la empresa donde ya se trabaja

En las prácticas universitarias externas, la regla general exige no mantener una relación contractual con la entidad en la que se realizan, salvo autorización conforme a la normativa interna de la universidad. Si se quiere utilizar la propia empresa como destino, hay que plantearlo antes de comenzar y comprobar esa posibilidad de autorización.

El proyecto debe permitir distinguir qué se aprende y cómo se supervisa. Repetir el trabajo ordinario con otro nombre no demuestra que se hayan alcanzado objetivos académicos. Conviene describir funciones, tutorías y criterios de evaluación, además de aclarar cómo se separan las horas de empleo y de formación cuando proceda.

Si el centro no autoriza esa opción, pueden estudiarse otras entidades o las vías de reconocimiento que correspondan. No es aconsejable firmar documentos como si no existiera el contrato previo. La coincidencia de empresa es una circunstancia que debe declararse para que la universidad pueda valorar correctamente el caso.

Qué sucede con la Seguridad Social cuando existe otro empleo

Desde 2024, determinadas prácticas formativas y académicas incluidas en programas de formación se incorporan al sistema de Seguridad Social, remuneradas o no. La disposición adicional 52 de la Ley General de la Seguridad Social contiene exclusiones cuando la persona ya está de alta por otra actividad u otras situaciones previstas.

Por tanto, un empleo simultáneo puede hacer que no corresponda la inclusión por las prácticas bajo esa disposición durante los periodos afectados. No debe interpretarse como una prohibición de hacerlas ni como una decisión que pueda tomar unilateralmente el estudiante. La entidad responsable tiene que comprobar y gestionar la situación.

Es importante comunicar que existe otro trabajo y avisar si comienza o termina durante las prácticas. Un contrato a tiempo parcial también puede tener efectos sobre ese encuadramiento. La comprobación debe atender a las fechas reales de alta, en vez de suponer que solo cuentan los días concretos en los que se trabaja.

Antes de iniciar el programa interesa saber quién gestiona el alta que proceda y cómo se comunican los cambios. La ayuda económica, el seguro y la cotización son aspectos diferentes. Una explicación clara de cada uno evita pensar que el cobro de una bolsa acredita por sí solo todas las coberturas.

En FP, la experiencia laboral puede permitir una exención

El marco de Formación Profesional contempla la posibilidad de exención total o parcial de la formación en empresa cuando se cumplen las condiciones establecidas y se acredita experiencia relacionada. No basta con trabajar en cualquier sector. Deben revisarse la duración, las funciones y su relación con los resultados de aprendizaje.

La solicitud se plantea ante el centro por el procedimiento correspondiente. Puede requerir documentación de vida laboral y una certificación detallada de las actividades desempeñadas. Un contrato que solo recoge una categoría genérica puede no explicar suficientemente qué experiencia se ha adquirido.

La exención no debe darse por concedida antes de que se resuelva. Si se necesita para organizar un empleo, conviene preguntar por los plazos de solicitud y la respuesta prevista. En la universidad también pueden existir vías de reconocimiento de experiencia, pero dependen de su normativa y del estudio concreto.

Preparar un acuerdo que pueda mantenerse durante el curso

La organización debería contemplar la semana habitual y las semanas difíciles. Hay que reservar espacio para evaluaciones, entregas y posibles incidencias. Si todo depende de que nunca cambie un turno o de que no haya desplazamientos adicionales, será necesario ajustar el horario antes de asumir el compromiso.

  • Pedir las condiciones y el calendario de las prácticas por escrito.
  • Revisar la disponibilidad exigida por el contrato de trabajo.
  • Comunicar el empleo simultáneo al responsable del programa.
  • Confirmar autorizaciones cuando coincida la entidad de destino.
  • Acordar cómo se tramitan cambios y ausencias justificadas.

También interesa valorar el descanso y la carga total. Poder cumplir dos horarios no garantiza que pueda mantenerse el mismo rendimiento durante meses. Un cambio a tiempo parcial, un calendario de prácticas distinto o una convocatoria posterior pueden ser opciones, siempre que las partes y el programa permitan aplicarlas.

Resolver incidencias sin perder la validez de la formación

Si surge un solapamiento, conviene informar pronto al tutor y a la empresa correspondiente. Las modificaciones del proyecto deben quedar autorizadas cuando sea necesario. Cambiar por cuenta propia las horas o dejar de asistir puede afectar a la evaluación, aunque se sigan cumpliendo las obligaciones del empleo.

Si las tareas de prácticas se convierten en trabajo ordinario sin supervisión ni aprendizaje, hay que plantearlo a la coordinación académica. La compatibilidad debe respetar la naturaleza de cada relación. Un plan viable deja claros los horarios, las funciones y los trámites, de modo que trabajar no impida completar la formación que se necesita.

Total
0
Shares
Artículos que te pueden interesar