Una baja o incapacidad temporal es una situación -generalmente pasajera- y un tipo de subsidio que sirve para proteger a los trabajadores cuando se encuentran de baja por enfermedad común, accidente no laboral o por enfermedad profesional. La cuantía que una persona percibe estando de baja y la asistencia sanitaria necesaria las aporta la Seguridad Social.
Como puedes vislumbrar, existen varios tipos de incapacidad temporal dependiendo de las circunstancias. Es decir, suele estar provocada por una enfermedad común o un accidente no laboral, que es lo que se conoce como incapacidad temporal por contingencias comunes. También existen las contingencias profesionales, que recogen los supuestos de accidente de trabajo o enfermedad profesional. En el primer caso, el inicio del subsidio se da a partir del cuarto día de baja, mientras que, en el segundo, se da al día siguiente de la baja.
Tan sólo las instituciones sanitarias y las de Seguridad Social pueden emitir un parte médico de baja. Entre ellas se encuentra el Servicio Público de Salud, las mutuas, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM). Si la baja laboral se prolonga demasiado tiempo, el INSS y el ISM son los organismos encargados de certificar las prórrogas. Asimismo, si se da el caso, pueden certificar la incapacidad permanente.
Normalmente, el subsidio por incapacidad temporal suele tener una duración máxima de 365 días, pero se puede prorrogar 180 días más. Hay que puntualizar aquí que, en caso de enfermedad profesional, el plazo máximo es de 6 meses, aunque se puede llegar a prorrogar hasta un año de duración. Este puede ser interrumpido por vencimiento del plazo, por alta médica, por no presentarse a los reconocimientos de salud y por jubilación.
Sin embargo, una de las dudas que suelen surgir en estos casos es si el trabajador puede pedir el alta voluntaria estando de baja. Por ello, en este artículo te vamos a explicar si esto es posible y las consecuencias que puede tener para el trabajador que solicita el alta voluntaria estando de baja.
¿Es posible pedir el alta voluntaria estando de baja?
La respuesta es un rotundo sí. De hecho, cualquier trabajador tiene derecho a pedir el alta voluntaria estando de baja. De esta manera, si el trabajador lo considera necesario, puede recibir el alta médica antes de la fecha que le corresponde realmente y que han establecido tanto el médico de cabecera como el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, es recomendable que todos los trabajadores y trabajadoras sepan que esta acción puede tener consecuencias en el futuro.
De hecho, la baja médica de incapacidad temporal es una situación en la que los profesionales de la salud determinan que un trabajador no se encuentra en buenas condiciones de salud para desempeñar su trabajo correctamente. Como hemos comentado arriba, el trabajador que se encuentra en esta situación percibe una prestación económica que, habitualmente, es inferior a su salario normal. De hecho, es por esta razón por la que muchas personas prefieren pedir el alta voluntaria.

Sin embargo, no merece la pena jugar con estas cuestiones, ya que, en algunas ocasiones, la salud del trabajador puede estar tan dañada que el INSS puede considerar la incapacidad permanente. Por ello, no conviene que el trabajador pida el alta médica voluntaria antes de tiempo. Ya que puede volver a sufrir una recaída y perder credibilidad ante el INSS.
Por ello, algunos médicos pueden no compartir la decisión del trabajador y negarse a dar el alta. Son casos puntuales, pero puede darse en el caso de que la decisión del paciente comprometa la salud de terceros y la salud pública.
Por ello, como hemos dicho, es posible pedir el alta voluntaria estando de baja. Pero es una cuestión que debe meditarse muy a fondo para no sufrir las consecuencias en caso de necesitar la incapacidad permanente al empeorar todavía más las condiciones de salud del trabajador.
¿Qué pasa si me piden el alta voluntaria?
Ya sabes que existen algunas consecuencias bastante serias de pedir el alta voluntaria estando de baja. Una de las consecuencias más directas es de naturaleza administrativa. Se puede dar el caso de que el trabajador, al pasar el tiempo, se encuentre en otra situación médica similar por la que se vea obligado a solicitar la pensión de incapacidad permanente. El hecho de haber solicitado una alta voluntaria en un período de incapacidad temporal puede hacer que, en términos administrativos, su solicitud sea constantemente denegada.
Además, puede existir otra consecuencia seria a tener en cuenta que hemos comentado con anterioridad. Se puede dar el caso de que el trabajador tenga una recaída de la misma incapacidad temporal por la que había pedido el alta voluntaria. Se entiende que una recaída se produce cuando las molestias son las mismas o muy similares a las anteriores y que se solicita en menos de 180 días desde recibir el alta.
Si la recaída no se da después del alta voluntaria, o si se trata de una baja médica por otro motivo distinto pasados 6 meses desde la anterior, no hay consecuencias. Pero si se da el caso de que sí lo es, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede aprobar que la baja sea, en esta ocasión, no remunerada. Es una manera de responsabilizar al trabajador de su mala decisión al pedir el alta voluntaria antes de haberse recuperado por completo, tal como le habían indicado los médicos.
¿Te pueden dar de alta médica estando en rehabilitación?
Esta es una de las preguntas que también suscita muchas dudas entre los trabajadores y entendemos que puede resultar un poco confuso el hecho de que te den de alta médica mientras te encuentras en rehabilitación por accidente o enfermedad laborales. Aunque lo habitual es que el trabajador afectado esté de baja hasta que el tratamiento se dé por finalizado, algunos trabajadores piden el alta antes de tiempo por miedo. Por lo tanto, podemos decir que si, te pueden dar de alta médica estando en rehabilitación.

Esta situación se puede dar en el caso de que las lesiones del trabajador no sean graves y tenga miedo a perder el empleo. Aunque también se puede dar si, desde el trabajo, se está presionando al empleado para que vuelva antes de tiempo. Como hemos dicho, puede tener consecuencias administrativas de cara al INSS, así como consecuencias de salud. Esto se debe a que el trabajador recibe el alta y se incorpora en el puesto de trabajo antes de estar recuperado al completo.
Sin embargo, los profesionales del Servicio de Salud y el INSS se pueden negar a dar el alta antes de tiempo. Como hemos visto, puede darse el caso de que la decisión del paciente de pedir el alta voluntaria comprometa la salud de terceros y la salud pública. Eso sí, el empleado deberá continuar con su rehabilitación, aunque se incorpore a su puesto de trabajo.
Cómo pedir el alta voluntaria al INSS
Solicitar el alta voluntaria al INSS es bastante sencillo. Ya que, precisamente para estos casos, ha habilitado en su portal una herramienta a través de la que todo trabajador en situación de baja laboral puede solicitar una revisión médica antes de la fecha estimada. No obstante, debes tener en cuenta que, para hacerlo, debes adjuntar el informe médico correspondiente que acredite que se ha producido una mejoría en la salud del trabajador.
Para acceder a esta herramienta, debes entrar en el portal de trámites del INSS y seleccionar el apartado de “Incapacidad temporal” y aportar todos los datos que se requieren. Para hacerlo, también debes tener en cuenta que, para pedir el alta voluntaria a este organismo, debes haber estado, como mínimo, un año completo de baja, es decir, 365 días.
Si el INSS lo considera puede dar el alta al empleado para que se reincorpore a su puesto de trabajo. No obstante, a partir de este momento, la responsabilidad recae sobre el propio trabajador si vuelve a tener molestias por el mismo motivo por el que le concedieron la baja y asumir las consecuencias.